Módulos solares bifaciales excluidos de las tarifas de la Sección 201
Para ganar la industria solar fotovoltaica, el Tribunal de Comercio Internacional de los Estados Unidos (CIT) excluyó los módulos solares bifaciales de las tarifas de la Sección 201.
Además de la exclusión, el CIT redujo la tasa arancelaria de la Sección 201 del 18% al 15% después de que se elevó al 18% en la Proclamación 10101.
El tribunal concluyó, "El retiro de la Proclamación 10101 de la exclusión de paneles solares bifaciales y el aumento de los deberes de salvaguardia en los módulos de CSPV constituyó tanto una clara interpretación errónea [del] estatuto como una acción fuera de la autoridad delegada del presidente."
A continuación se muestra una declaración de Abigail Ross Hopper, presidenta y directora ejecutiva de la Asociación de Industrias de Energía Solar (SEIA) sobre esta decisión positiva:
“La decisión de la Corte de Comercio Internacional de los Estados Unidos de anular una orden del presidente Trump para cambiar la tasa de reducción de las tarifas de la Sección 201 y revertir la exclusión del módulo bifacial fue claramente la conclusión correcta.Ambas acciones fueron un intento ilegal de endurecer las tarifas de la Sección 201.
“Estamos comprometidos con la construcción de EE.UU. cadena de suministro de fabricación solar y creemos que existen políticas en la Ley Build Back Better que ayudarán al crecimiento de la fabricación estadounidense.Esperamos trabajar con la administración de Biden y el Congreso para lograr que estas políticas críticas, incluida la Ley de Fabricación de Energía Solar para Estados Unidos del senador John Ossoff, lleguen a la meta."
A través de esta decisión positiva, el desarrollo sostenible de la industria de la energía solar se utilizará más ampliamente.
Anterior :
Japón lanza nuevas directrices sobre agrivoltaspróximo :
El auge de la energía solar© Derechos de autor: 2025 Xiamen Wintop New Energy Tech Co., Ltd.. Reservados todos los derechos.
Compatible con red IPv6